El derecho al voto femenino: Las Sufragistas.

Hoy día parece normal y dado por sentado que las mujeres en todo el mundo ejerzan su derecho a votar al igual que el hombre, pero no siempre fue así, lograr este derecho constituyó para las mujeres una larga lucha, que logró sus objetivos a través de movimientos como ” las sufragistas ”

Este movimiento surge a mitad del siglo XIX en Estados Unidos, cuando en pleno desarrollo de la revolución industrial las mujeres seguían siendo discriminadas en sus derechos no sólo políticos sino a la educación, al trabajo y a la administración de sus propios bienes, por lo que el movimiento además del derecho al voto, reinvindicaba la  igualdad jurídica de la mujer frente al hombre.

El movimiento logra gran impacto en Gran Bretaña y se expande a toda Europa porque  en casi todos los países la situación de desigualdad y discriminacion de la mujer es la misma, pues los Estados en sus constituciones no reconocían a la mujer los derechos de ciudadanía como elegir y ser elegibles , por lo que  los movimientos sufragistas sirvieron como  bandera para reclamar el derecho de las mujeres a acudir a las urnas a votar al igual que los hombres.

Su lucha intensa, que a algunas les costó ir a prision , rindió los frutos , logrando que algunos países reconocieran finalmente el derecho de las mujeres a votar al igual que los hombres y a ser elegibles para los cargos de representación popular. Así las cosas, Gran Bretaña reconoce el voto femenino en 1918 en principio para las mujeres mayores de treinta años, aún cuando a los hombres se le permitía votar a los veintiún años , en 1928 está edad se igualó en favor de las mujeres.

Estados Unidos a través de la XLX enmienda de 1920 reconoció que los Estados Unidos reconocía el voto sin distinción de sexo.  En 1929  Ecuador se convierte en el primer país de America en el que las mujeres obtuvieron el derecho al voto y el 19 noviembre de 1931 España reconoce que las mujeres tienen el derecho de acudir a las urnas, derecho que luego se les niega en la dictadura de Franco y solo lo readquieren en 1977.

En nuestro país, las mujeres se habían manifestado por sus derechos desde hacía un tiempo,  inspiradas por los movimientos sufragistas de Estados Unidos y Europa.

En 1932 lidereadas, por Abigaíl Mejia fundan el movimiento ” Acción Femenina ” cuyo eje central era la lucha por lograr el voto para la mujer  dominicana, a este movimiento se integran destacadas mujeres como la artista plástica: Celeste Woss Gil, la educadora Ercilia Pepín, entre muchas otras creían en la igualdad de derechos de hombres y mujeres.

Este proceso de lucha en la República Dominicana generaba un ambiente de presión al régimen de Trujillo,  que buscaba reelegirse en las elecciones de 1934 y quiso bajar las tensiones del sector femenino y aprovechar el ambiente internacional de reivindicación de los derechos de la mujer para querer aparentar estar en esa onda democrática por lo que tomo las siguientes medidas:

  • Decreto 858 del 23de nov de 1934  para dar a las mujeres el derecho a concurrir en las elecciones de 1934 a modo de ensayo . En estas elecciones acudieron a las urnas casi cien mil mujeres.
  • Participación  ” Simbólica ” de las mujeres en las elecciones de las de 1938 , en mesas electorales femeninas organizadas por la junta central electoral, pero estos votos no podían  ser computados porque la constitución vigente no reconocía la calidad de cuidadana de la mujer , pero sería tomado en cuenta para estudiar la factibilidad de reconocerles el derecho de ciudadanía en la próxima reforma constitucional .

La constitución de 1934 vigente en 1938 , establecía en su artículo 9 que : “son ciudadanos todos los dominicanos varones mayores de dieciocho años y los que sean o hubieren sido casados aunque no hayan cumplido esa edad.

  • Reforma Constitucional del 10 de Enero de 1942

Mediante esta reforma se otorga a la mujer dominicana la calidad de cuidadana y con esta los derechos a elegir y ser elegible.  Esta modificación consiste en agregar al artículo 9 de la constitución la frase “de uno u otro sexo“ para que se leyera así:

artículo 9 “Son ciudadanos los dominicanos de uno u otro sexo , mayores de dieciocho años y los que sean o hubiesen sido casados aunque no hayan cumplido esa edad.

A partir de esa reforma las mujeres dominicanas pudieron votar por los candidatos postulados en las boletas electorales y podían postularse  a los cargos de representación popular.

La adquisición de la ciudadanía por parte de la mujer costó esperar  casi cien años de diferencia en relación al hombre que la obtuvo desde la constitución de 1844 ,es decir desde el nacimiento de la República.

Del reconocimiento del voto femenino hace ochenta años (80), gracias a la valentía y arrojo de las sufragistas, que nos han dejado la herencia de lucha por la plena igualdad de derechos entre hombres y mujeres. Hoy día la constitución reconoce esa igualdad,  pero en la realidad, estamos conscientes que pese a los avances aún faltan pequeños y grandes pasos por el camino de la plena y real igualdad de género, sin discriminación tal y como lo anhelaron nuestras antecesoras, pioneras del género, cuyo ejemplo debemos imitar y honrar por siempre, Loor a las sufragistas!

Por Ana Isabel Bonilla