Junta Monetaria aprueba las modificaciones del Reglamento Cambiario

 

Instruye al Banco Central a sancionar y suspender las operaciones de las entidades de

La Junta Monetaria celebró hoy una sesión ordinaria correspondiente al mes de septiembre,
en la que conoció y aprobó los resultados de la modificación del Reglamento Cambiario,
proceso sometido a consulta pública durante el mes de agosto de 2025, con el propósito de
promover el orden y la transparencia del mercado cambiario.
La modificación persiguió tres objetivos fundamentales. En primer lugar, adecuar el marco
normativo del mercado cambiario vigente. Esto permitirá la incorporación de un mayor
número de participantes en la plataforma electrónica de negociación de divisas del
Banco Central, entre ellos, los intermediarios cambiarios y otras entidades de
intermediación financiera. Esto implicará que todas las operaciones de compra y venta de
divisas mayores a US$10,000.00 y EUR$10,000.0 deberán ser reportadas al Banco Central a
través de la plataforma electrónica de negociación de divisas.
De esta forma, el Banco Central de la República Dominicana dispondrá de una mayor
visibilidad sobre las operaciones del mercado cambiario, al captar en tiempo real información
más completa sobre precios y volúmenes transados, conforme a los principios de
transparencia, eficiencia y efectividad que sustentan la política cambiaria.
En segundo lugar, se establecieron lineamientos de conducta aplicables a todos los
participantes del mercado cambiario, orientados a garantizar la mejor ejecución de las
operaciones cambiarias lo cual implica que todos los actores del mercado deben operar en
beneficio de sus clientes, garantizando los mejores precios, velocidad en la ejecución de sus
ordenes de compra y venta de divisas y transparencia.
En términos prácticos, estos nuevos lineamientos aseguran que las operaciones de compra y
venta de divisas se realicen a precios justos y transparentes, evitando desviaciones
significativas respecto a la tasa de referencia del mercado. Estas disposiciones se alinean
con estándares internacionales de mejores prácticas, tales como los contenidos en el Código

Global de Conducta del Mercado Cambiario, cuya aplicación se extenderá ahora también a
intermediarios cambiarios y otras entidades de intermediación financiera.
Esto implicará que los márgenes entre compra y venta de divisas, tanto en el segmento
minorista como mayorista, deberán estar en consonancia con las condiciones de mercado, en
línea con mejores prácticas internacionales.
Asimismo, la Junta Monetaria ordenó al Banco Central a sancionar y suspender las
operaciones cambiarias de los participantes autorizados a través de la plataforma
electrónica de negociación de divisas, que incurran en prácticas contrarias a la
normativa vigente, en particular aquellos vinculados a los márgenes cambiarios, así
como cualquier otro incumplimiento a los estándares de buena conducta que afectan el
funcionamiento ordenado del mercado cambiario o disposiciones relacionadas con la
reportería de información a través de este sistema.
Por otro lado, las medidas adoptadas por la Junta Monetaria incrementan los niveles de
capital para operar como intermediario cambiario y aumenta la exigencia de reservas
patrimoniales adicionales, en función de la naturaleza y volumen de las operaciones de
dichas entidades. Estas disposiciones robustecen el marco operacional de estas entidades y
promueven un mercado cambiario más seguro y resiliente.
Finalmente, las medidas aprobadas por la Junta Monetaria se complementan con las otras
medidas prudenciales adoptadas en marzo del 2025, para mitigar el riesgo cambiario-
crediticio en un entorno de incertidumbre global, determinando límites más estrictos para las
posiciones netas en moneda extranjera, las cuales fueron reducidas hasta 25 % de capital, así
como la reducción del aumento semanal de la misma, pasando de US$10 millones a US$5
millones.
Jueves 11 de septiembre, 2025