Como una excelente iniciativa valoran varios profesionales del derecho la decisión del Poder Ejecutivo de contratar abogados particulares para que recuperen los bienes del Estado que hayan sido sustraídos mediante actos ilícitos.
La decisión contenida en el Decreto 22-21, que emitió ayer el presidente Luis Abinader, declara de interés nacional la recuperación del patrimonio público que se haya “defraudado” y conforma un equipo de abogados que, a su vez, dirigirán otros equipos para representar al Estado.
“El gobierno envía un mensaje contundente y oportuno, para aquellos que se les demuestre que el producto de sus bienes fueron, son o serán el fruto de actividades ilícitas en contra del Estado dominicano”, expresó el director ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán.
Al jurista le parece acertados los coordinadores de los equipos designados: Jorge Luis Polanco Rodríguez, quien es coordinador general, y los señores José Luis Taveras, Claudia Álvarez Troncoso, Manuel Conde Cabrera, Rafael Rivas Solano y Fernando P. Henríquez como coordinadores de equipos.
De paso, Castaños Guzmán entiende que es momento propicio para que el Congreso Nacional apruebe la Ley de Extinción de Dominio que, a su juicio, será una herramienta efectiva para combatir la corrupción y es, dijo, un instrumento efectivo para la recuperación de bienes productos de actividades ilícitas.
El abogado Amadedo Peralta, también valoró como muy positiva y beneficiosa para la Nación, la decisión del Ejecutivo, la que encuentra precedente en una contratación similar que hiciera la gestión de gobierno del expresidente Hipólito Mejía (2000-20004), que otorgó poder especial a un grupo de cinco abogados para que se constituyeran en actor civil en el caso de la supuesta corrupción en el Programa Eventual Mínimo de Empleo (PEME).
Por lo pronto, los equipos están en fase de reuniones y organización para definir sus estrategias, según supo este medio. De acuerdo al Decreto, la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo es el órgano encargado de su conformación, con potestad para sustituir a cualquier de ellos en caso de considerarlo necesario.
El abogado Peralta explica que, conforme lo establece la ley de Administración Pública, los abogados deben ser contratados como profesionales independientes. Y, de acuerdo a la Ley 302, sobre honorarios de los abogados, pueden recibir pago de hasta el 30 % de los recursos que recuperen.
Peralta plantea, basado en su experiencia como abogado para recuperación de bienes en el conocido caso del Banco Peravia, que el Estado deberá aportar recursos adicionales para que los abogados puedan hacer sus investigaciones y, de ser necesario, proceder a la contratación de peritos.
Igual, valora la contratación de los profesionales del Derecho, partiendo de que al Ministerio Público la ley solo le permite perseguir prisión preventiva, multas o decomiso de bienes cuando se determine que fueron adquiridos producto del lavado de activos.
“Hay otros bienes que no entran en el lavado de activos y que, cuando el Estado se constituye como querellante, víctima y actor civil, mediante la contratación de abogados, se le concede el resarcimiento por daños y perjuicio”.
Otro aspecto que señala es el hecho de que Ministerio Público, según plantea, se enfoca más en la investigación del delito y no tanto en el aspecto de la investigación financiera, en lo que sí estarían centrados los abogados contratados.
En las siguientes preguntas, Amadeo Peralta precisa un poco más sobre sus consideraciones de cómo es el proceso de contratación.
En un Gobierno que promueve la independencia del Ministerio Público, ¿no se puede dar un poco de injerencia en el manejo de los casos?
No, para nada, porque los abogados que contraten trabajarán en combinación de la acusación del Ministerio Público. Los abogados van a servir, en este caso, como auxiliares de investigación, la persecución y de seguimiento a la recuperación, esos son los tres puntos. El Ministerio Público hace su trabajo solo.
¿Cómo se calcula el gasto administrativo de la investigación, para saber qué presupuesto hay que asignarles a esos equipos?
Ese dinero es para fines de gastos administrativos del proceso. Y se hace un monto apreciativo, dependiendo de la magnitud del caso. Por ejemplo, cuando el caso Peravia, yo pedí 100 mil dólares para gastos del procesos, pero yo le estaba recuperando 250 millones de pesos. Cuando se compara, cuatro millones es una ínfima cantidad, pero hay que hacer mucho esfuerzo y mucho trabajo para que tú puedas recuperar la cantidad que te defraudaron.
Pero, además, las oficinas de abogado que contraten podrán subcontratar a otros para llevar a cabo la investigación y por eso es necesario que el Estado le avance algún porcentaje para los gastos.