¿Suspenderá Abinader a 1,700 funcionarios que omitieron sus declaraciones de bienes?

Desde que asumió la administración del país, el 16 de agosto pasado, el presidente Luis Abinader ha sido contundente en su postura de castigar la corrupción, flagelo del cual se dice que sacó a la gestión morada de poder y que el mandatario tomó como bandera del cambio.

Y hasta ahora ha predicado con el ejemplo: un funcionario del Ministerio de Salud Pública que, supuestamente estaba cobrando por nombramientos, fue despedido y puesto bajo investigación de la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (Digeig), que dirige Milagros Ortiz Bosch.

Otro escenario que tiene el jefe de Estado es la posible suspensión a 1,700 funcionarios bajo sus órdenes que no depositaron sus declaraciones juradas de patrimonios ante la Cámara de Cuenta, pese a la prórroga de 13 días otorgada, la cual venció el lunes a la medianoche.

También faltaron 1,500 exfuncionarios de la gestión pasada, y 3,995 cumplieron con la Ley 311-14 sobre Declaración Jurada de Patrimonio.

Sobre la sanción que les corresponde a los que no declararon sus bienes, el presidente Abinader manifestó el martes: “Todos los ministros declararon, todos los directores generales declararon. Ustedes saben que es un período de 30 días. El que no lo declare va a estar suspendido”.

Estos empleados públicos se quedaron fuera pese a que el 27 de agosto, el gobernante había adelantado que todos deberían declarar sus patrimonios o serían cancelados.

Dentro del universo que debe declarar está, desde el presidente de la República hasta las gobernadoras provinciales y todo aquel que administre fondos públicos.

El Pleno de la Cámara de Cuentas aprobó el martes verificar, a través de un proceso aleatorio, 50 de las declaraciones juradas “con el objetivo de identificar variaciones o movimientos desproporcionados, no justificados en el patrimonio presentado por los funcionarios”.

La Cámara de Cuentas está elaborando una lista para ponerla a disposición de la Dirección de Ética, y más adelante, junto a la Procuraduría General de la República, comprobará la veracidad de cada documento depositado por los funcionarios.

La Ley 41-08 de Función Pública indica que las faltas de tercer grado de un funcionario conllevan a su destitución y quedará inhabilitado para prestar servicios al Estado por cinco años, contados a partir de la fecha de notificación del despido.

Y en el caso de falsear su patrimonio, les toca hasta dos años de prisión y multa de 20 a 40 salarios mínimos de parte del Gobierno central, según el artículo 15 de Ley 311-14.