El Tribunal Constitucional hizo oficial anoche la sentencia que declara inconstitucional el párrafo del artículo 2 de la Ley 157-13, que establece el “voto de arrastre” de los senadores.
El pasado 8 de agosto el periódico elCaribe publicó que el Tribunal Constitucional eliminaba el voto de “arrastre” al acoger un recurso que había depositado la Fuerza Nacional Progresista (FNP) y el abogado Ángel Lockward contra la Ley 157/13 sobre el voto preferencial que establece el arrastre de diputados a senadores.
El TC ordenó, además, la revisión a los órganos correspondientes de las normas y los actos dictados en ejecución o aplicación de la disposición anulada, y adecuar los mismos a las consecuencias derivadas de dicha decisión.
La entidad acogió de conformidad con las precedentes consideraciones, la acción directa de inconstitucionalidad contra el párrafo del artículo 2 de la Ley núm. 157-13, incoada el 23 de agosto de 2018 por Ángel Lockward, César Nicolás Melo Matos, Fuerza Nacional Progresista (FNP), Vinicio Castillo Semán, Josefina Guerrero, Andrés Nicolás Contreras, Yeralda Nicolasa Contreras, Rosanna Natalie Contreras Guerrero, Juan Isidro Montás Francisco y Rudy Bonaparte.
El presidente del Partido Revolucionario Moderno (PRM), José Ignacio Paliza, calificó de valiente la eliminación del voto del arrastre de parte del Tribunal Constitucional (TC), ya que esto constituye una de las distorsiones del sistema político dominicano.
De su lado, el diputado por San Cristóbal, Tulio Jiménez y el senador por la provincia de Pedernales, Dionis Sánchez, señalaron que nunca estuvieron de acuerdo con la resolución de la Junta Central Electoral (JCE), que mantenía el voto de arrastre en La Vega, Puerto Plata, San Cristóbal, Santiago, Santo Domingo y Distrito Nacional, por considerar que era inconstitucional.
JCE dice que es obediente a decisión
El presidente de la Junta Central Electoral, Julio César Castaños Guzmán, expresó ayer que este organismo será obediente a las decisiones del TC con relación a los recursos interpuestos contra el voto de arrastre. “Las decisiones del Tribunal Constitucional son obligatorias y vinculantes para todos los poderes públicos”, precisó Castaños Guzmán.