El documento logrado después de cuatro años de trabajo entre los distintos sectores representativos del país incluye la mayoría de los puntos necesarios para la solución de la histórica crisis energética de República Dominicana.
En esta entrega, Diario Libre trae los principales puntos contenidos en ese texto y que conforman el pacto eléctrico, el cual está listo desde finales de 2017 y no se ha podido firmar porque carece del apoyo de la principal fuerza política opositora en el país (Partido Revolucionario Moderno, PRM).
El punto tres del documento establece la misión que tendría el pacto y esta es: “Proveer un servicio eléctrico bajo los principios de universalidad, accesibilidad, eficiencia, transparencia, responsabilidad, continuidad, razonabilidad y equidad tarifaria.”
También dice que esto será posible “mediante la operación en condiciones de sana competencia conforme al marco legal, la seguridad jurídica, la promoción de sinergias entre actores públicos y privados, el aprovechamiento de fuentes de energía renovable, la innovación tecnológica, así como la adopción de políticas y planes coherentes y consistentes en el tiempo, sujetos a evaluación permanente y mecanismos de rendición de cuentas, todo ello en beneficio del desarrollo nacional sostenible”.
En tanto que el capítulo 4 resalta que todos los actores del subsector eléctrico se comprometen a actuar apegados a la legalidad, la ética y la transparencia, mediante la aplicación y respeto efectivo de la Ley General de Electricidad 125-01 y de todas las normativas que sustentan su aplicación.
Además, el cumplimiento de las legislaciones de carácter general relativas a compras y contrataciones, control interno, servicio civil y carrera administrativa, relaciones laborales y libertad sindical, medioambiente, gestión de riesgos, transparencia y rendición de cuentas y todo esto bajo un esquema de planificación y regulación de la industria eléctrica.
“No obstante, reconocemos que la solución de la problemática del subsector eléctrico del país, en estricto cumplimiento a los principios establecidos en la Constitución y las leyes que regulan el subsector, requerirán realizar modificaciones puntuales a dicho marco legal, a fin de dar cumplimiento a los compromisos que estamos asumiendo en este Pacto”, sostiene el punto 4.
Asimismo, en el capítulo 5 se incluye el tema de la participación de los actores que intervienen en el subsector eléctrico conforme mandatos constitucionales.
Reafirma que las funciones esenciales del Estado son de carácter normativo, promotor, regulador y fiscalizador, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 125-01 y sus modificaciones, así como la de fomentar la iniciativa privada y la participación en la actividad comercial bajo el principio de subsidiariedad, en los términos previstos en el artículo 219 de la Constitución.
Indica que el Estado dominicano fortalecerá el ejercicio de estas funciones esenciales en la prestación del servicio eléctrico, ya sea provisto por empresas públicas, privadas o mixtas, de manera que dicha prestación responda a los principios de universalidad, accesibilidad, eficiencia, transparencia, responsabilidad, continuidad, calidad, razonabilidad y equidad tarifaria previstos en la Constitución.
Destaca que el Estado mantendrá su participación con carácter monopólico en la generación hidroeléctrica mayor de 5 megavatios y la transmisión de energía del Sistema Eléctrico Nacional Interconectado (SENI).
El capítulo 5 también señala que el Estado promoverá la participación de los subsectores privado y solidario en las actividades de generación y distribución eléctrica, ya sea mediante concesión, autorización, asociación en participación, transferencia de la participación accionaria u otra modalidad contractual, de conformidad con la Constitución y la Ley 125-01 y sus modificaciones.
Aquí la Superintendencia de Electricidad (SIE) deberá emitir mediante resolución, en un plazo no mayor de doce (12) meses contados a partir de la firma del Pacto Nacional para la Reforma del Sub-sector Eléctrico, una normativa que establezca las condiciones necesarias para que las empresas distribuidoras puedan subcontratar la actividad de comercialización, para mejorar la gestión, bajo un sistema transparente de contratación de servicios por licitación pública con empresas privadas o de capital mixto y cooperativas eléctricas y entes y órganos con capacidad legal, previamente aprobadas por la Superintendencia de Electricidad (SIE), así como los procedimientos que regirán esta subcontratación.
En el capítulo 6 se establece que de conformidad con el artículo 4 de la Ley 125-01 y sus modificaciones, se debe promover la libre competencia y las inversiones en todas las actividades del subsector eléctrico donde sea factible, en las condiciones previstas en dicha ley y respetando los derechos adquiridos de conformidad con dicha ley.
Entre los puntos por destacar, también “se acuerda aplicar de manera efectiva los estándares de operación, funcionamiento y calidad del servicio establecidos en la Ley 125-01, su reglamento y toda la normativa relacionada”.
Y se acuerda fortalecer los sistemas de supervisión y fiscalización de la SIE para el cumplimiento de las normas relativas a la calidad del servicio eléctrico.
Los capítulos 7 y 8 del documento a firmar tratan de la sostenibilidad ambiental y financiera del sector eléctrico. En la parte ambiental, los actores ratifican su compromiso de cumplimiento de la Ley de Medio Ambiente y deberán respetarse los acuerdos internacionales que se aplican a la materia. En la financiera, la auto-sostenibilidad económica y financiera del sistema eléctrico es una condición indispensable para que la industria eléctrica, desde una perspectiva de largo plazo, pueda efectivamente contribuir al desarrollo del país. Esto supone que las empresas eléctricas tengan la capacidad de cubrir sus gastos operativos, de mantenimiento y de inversión para la expansión.