La Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, establece con claridad que el periodo de pre-campaña electoral es interno en esas instituciones para definir las candidaturas y deberá comenzar en Julio del año pre electoral y concluye con la escogencia de los candidatos.
Sin embargo, la pre campaña está en su apogeo, donde muchos aspirantes a la presidencia del PLD, PRM, sobre todo realizan actividades proselitista.
La propaganda negativa que se fundamente en irrespeto o contraria a los principios y costumbres y que perjudicque la estética urbana es prohibida, también.
El artículo 44 de la Ley de Partido prohíbe en el periodo de pre campaña la pintura de las calles, aceras, contenes, postes del tendido eléctrico, arboles, asi como cualquier propiedad pública con los emblemas de candidatos o partidos.
También los afiches, vallas, cruza calles, calcomanías, adhesivo distintivos, murales alto parlamente disco light y cualquier otro medio de publicidad partidaria que no se coloque acorde con lo establecido en la presente ley.
Dice la Ley que la campaña interna de los partidos o precampaña deberá iniciarse en el mes de julio del año pre electoral y concluirá con la escogencia de los candidatos.
El artículo 43 de la ley electoral, señala que la campaña política es un proceso limitado a lo interno de los partidos, donde la participación de los candidatos y voceros por invitación o por iniciativa propia, ante los medios de comunicación, prensa, radio o televisión.
Señala que las reuniones deberán ser en recintos cerrados, visitas casa por casa, encuentros y otros tipos de actividades similares, siempre que involucren a militantes y simpatizantes del partido, agrupación o movimiento político que sustentan las candidaturas.
Se permitirá solo la producción y uso de materiales de propaganda de tipo personal, tales, como camisetas, gorras, banderas, distintivos, adhesivos y cintas.
Señala la Ley de Partido que la divulgación de mensajes transmitidos por diferentes vías como teléfono, facsímiles, correo, interno y otros medios de comunicación digital con excepción de los medios de comunicación radial y televisivo.