SANTO DOMINGO. El presidente de la Junta Central Electoral, Julio César Castaños Guzmán, se reunió con los representantes de los partidos políticos para tratar el tema de las primarias en las organizaciones, punto que mantiene paralizada la aprobación del proyecto de ley de Partidos y Agrupaciones Políticas.
Durante el encuentro, realizado en la sede del organismo, Castaños Guzmán planteó que para que las primarias sean organizadas por el organismo de forma abierta, simultánea y obligatoria, como algunos sectores han planteado, se hace necesario que se cumplan cinco condiciones básicas, las cuales son: consenso, recursos, logística, tecnología y tiempo.
A continuación Diario Libre presenta el detalle de cada punto enumerado por el presidente de la Junta Central Electoral.
La Organización de los Estados Americanos (OEA), en su informe sobre las elecciones dominicanas del 2016, llamó la atención acerca del necesario consenso:
“Lo sucedido durante la jornada electoral confirma que la introducción de tecnología no posee únicamente una dimensión técnica. La implementación de avances tecnológicos debe tomar en cuenta consideraciones políticas y sociales, a fin de construir consensos indispensables para aumentar la confianza”.
Esto último es aplicable a todos los elementos que intervienen en el proceso electoral. En la especie es precisamente esa falta de consenso de algunos elementos que durante todos estos años no ha permitido la aprobación de las consabidas leyes de Partidos y Agrupaciones Políticas, así como la de Régimen Electoral.
El cumplimiento de esta condición imprescindible no depende en absoluto de este órgano electoral, de donde viene a ser una variable independiente, pero que de no evidenciarse imposibilita la implementación de estas normativas.
Es preciso que esté determinada con claridad la fuente de los recursos económicos que son necesarios para financiar la organización de un evento de esta naturaleza. Expertos consultados afirman que tendrían el mismo costo de unas elecciones generales.
Pero lo cierto es, que en el caso de las PASO argentinas, por ejemplo, realizadas el 13 de agosto del 2017, el presidente Mauricio Macri afirmó que el costo de alcanzó la suma de US$2,500,000,000.00, para un padrón electoral de 33, 311,000 ciudadanos inscritos, es decir, US$75.05 por ciudadano, si derivamos esta suma por elector, al padrón electoral de la República Dominicana, compuesto por 7,300,000 inscritos, el costo de acuerdo con esta comparación analógica andaría por unos US$547,865,000.00.
Precisamente por esta razón, entre otras, la SCJ en el mes de marzo del año 2005 declaró inconstitucional la Ley de Primarias de agosto del año 2004, una vez el texto legal no identificaba el origen de los recursos para costear dichas elecciones primarias.
Si bien el tema de los recursos se descompone en otros ítems adicionales, por razones metodológicas, y para evitar, repeticiones, preferimos pasar al próximo punto.
Para una debida comprensión de lo que se expondrá a continuación, pasamos a enumerar los distintos ejes logísticos a tomar en cuenta:
1. Padrón:
Tal y como se indicó precedentemente los ciudadanos inscritos en el Padrón ascienden a 7, 300,000, los cuales están divididos en:
2. 16,285 Colegios Electorales, de los cuales 731 están localizados en el exterior.
3. Recintos: 4,313
4. Niveles de Elección y Categorías:
I. Nivel Presidencial: Presidente y Vicepresidente
II. Nivel Congresual:
* Senadores y Senadoras 32
* Diputados y Diputadas por Circunscripción Territorial, el Distrito Nacional y las Provincias: 178
* Diputados y Diputadas por Acumulación de Votos: 5
* Diputados y Diputadas en representación de la Comunidad Dominicana en el Exterior: 7
* Diputados/Diputadas y Suplentes Representantes al Parlacen 20+20= 40
III. Nivel Municipal:
* Alcaldes y vicealcaldes 158+158= 316
* Regidores y suplentes 1,164+1,164= 2,318
* Directores y Subdirectores de los Distritos Municipales 234+234= 468
* Vocales de los Distritos Municipales 730
Totalizaciones Cargos electivos:
I. Nivel Presidencial: 2
II. Nivel Congresual:
* Senadores
* Diputados Circunscripción
* Diputados Nacionales
* Diputados Exterior
* Diputados Parlacen 32 178 5 7 20+20=40
III. Nivel Municipal:
* Alcaldes/vicealcaldes
* Regidores y Suplentes
* Directores de los Distritos Municipales
y Subdirectores d los Distritos Municipales
* Vocales de los Distritos Municipales 158+158=316 1,164+1,164=2,328 234+234=468 730
Total de cargos electivos 4,106
5. Ámbitos:
a) Territorio Nacional — Presidente y Vicepresidente.
b) Distrito Nacional — Senador, Diputados/Diputadas, Alcalde, Regidores.
c) Provincias y Circunscripciones — Senadores, Diputados/Diputadas.
d) Municipios — Alcaldes, Vicealcaldes, Regidores y Suplentes.
e) Distritos Municipales — Directores, Subdirectores y vocales.
f) Acumulación Nacional – Diputados/Diputadas.
g) Exterior 3 Circunscripciones, ubicadas en 17 ciudades en 11 países. Presidente y Vicepresidente y Diputados de las Comunidades en el Exterior.
6.- Cuota Femenina:
a) Diputadas, Regidoras, Suplentes de Regidoras y Vocales de los Distritos Municipales 33%.
b) Alcaldesas y Directoras de los Distritos Municipales 50%.
7.- Funcionarios Electorales y Personal
a) Colegios Electorales 16,285 x 5 = 81,425, para lo cual es preciso instruir unas 140,000 personas, para de este universo insacular el Personal que trabajará en los Colegios.
b) Facilitadores 6,000, para trabajar en los 4,313 recintos.
c) Soportes Técnicos 6,000.
d) Militares 30,000.
Total estimado de Funcionarios Electorales y Personal requerido = 125,000 personas.
8.- Transporte, combustibles, materiales, valijas, precintos, plastificadores, casetas, urnas, papelería, marcadores, distintivos, tintas, sellos, etc.
9.- Boletas.
La cantidad de boletas a imprimir, con imágenes, para registrar los precandidatos propuestos por cada uno de
los 26 Partidos y 3 Movimientos Políticos, correspondientes a los 4,106 cargos electivos distribuidos en los 3 niveles de elección y 10 categorías, ascenderían a una cifra astronómica todavía no calculada, una vez dicha cantidad hipotética resultaría inverosímil para esta audiencia.
10. Capacitación y Educación Electoral:
a) Capacitación y Educación Electoral presencial y virtual de los funcionarios electorales
b) Capacitación y educación ciudadanía, a través de los medios de comunicación y redes sociales.
Señoras y señores, ya sea porque se impriman físicamente boletas conforme al método tradicional o porque se adopte el voto electrónico, la tecnología resulta, en todo caso, imprescindible, dada la multiplicidad de variables que concurren en el cómputo y transmisión de los resultados; que tal y como se ha mencionado precedentemente precisa de ser consensuada con todos los Partidos y Organizaciones Políticas. Al mismo tiempo la misma ha de ser licitada, adjudicada, contratada, pagada, entregada, fabricada, probada mediante sucesivos simulacros que despejen cualquier duda sobre el particular.
A tales fines nuestra Dirección de Informática ha estado trabajando en el Desarrollo del programa para la implementación de la tecnología que fuera necesaria.
Es definitivamente la variable más importante, ya que, está dada per se, es inamovible y los procesos han de darse en ocasión a lapsos conocidos que no son en principio “modificables”.
a. Tiempos Constitucionales:
i. Febrero 2020/Municipales.
ii. Mayo 2020/Presidenciales y Congresuales.
iii. Junio 2020/Eventualmente, Segunda Vuelta.
b. Tiempos Legales:
i. 16 de febrero de 2019/fecha límite elevación de categoría de territorios (Ley 55).
ii. 16 de junio de 2019/fecha límite para depósito reconocimiento de partidos (Ley 275-97).
iii. 19 de octubre de 2019/fecha límite circunscripciones para las elecciones de febrero de 2020; es decir, 120 días antes de las elecciones (Cierre del Padrón).
iv. 18 de noviembre de 2019, fecha límite para la Proclama Electoral, es decir, no menos de 90 días antes de las elecciones Municipales del 16 de febrero de 2020.
v. 3 de diciembre de 2019, fecha límite para depósito pactos de alianza, es decir 75 días antes.
vi. 18 de diciembre de 2019, fecha límite para la presentación de propuestas de Candidaturas Municipales, es decir no menos de 60 días antes de las elecciones de febrero.
vii. 24 de diciembre de 2019, fecha Resolución Admisión de Candidaturas.
viii. 27 de diciembre de 2019, apelación Resolución Admisión de Candidaturas, debe decidirse al 1ro. de enero de 2020.
ix. 17 de enero de 2020, fecha límite creación de Colegios y publicación de los Colegios.
x. 1ro. de febrero de 2020, nombrar personal de los Colegios Electorales
xi. 8 de febrero de 2020, entrega de credenciales.
xii. 11 de febrero de 2020, publicación de facsímil de la Boleta.
xiii. 12 de febrero 2020, inicio entrega materiales Presidentes y Secretarios.
xiv. 14 de febrero de 2020, concluye la entrega de materiales y la capacitación.
xv. 16 de febrero de 2020, día de las Elecciones Municipales.
xvi. Mutatis Mutandis, se abren estos plazos para las elecciones Presidenciales y Congresuales de mayo del 2020.
Razonabilidad
“la Ley… solo puede ordenar lo que es justo y útil para la comunidad…” (Art. 40.15 de la Constitución).