SANTO DOMINGO. Será este miércoles, a las 4:00 de la tarde, cuando el juez de la Instrucción Especial Francisco Ortega Polanco, dará el fallo sobre la petición de imposición de medidas de coerción a 13 de los 14 imputados en el caso Odebrecht.
Tras una maratónica audiencia, que se extendió por más de 14 horas, Ortega dijo que se retiraba a ponderar los presupuestos y papeles depositados en la audiencia.
El juez dijo que por la hora, pasadas las 12:00 de la medianoche, se hacía humanamente imposible emitir un fallo.
Ortega fallará sobre el pedimento del Ministerio Público que solicitó se les imponga prisión preventiva de 18 meses a los acusados y que se declare complejo el caso.
Mientras que las barras de la defensa coincidieron en solicitar al juez que rechace la solicitud de medida de coerción y pidieron que los que guardan prisión sean libertados de forma pura y simple y que de forma subsidiaria que se les imponga una garantía económica, impedimento de salida o presentación periódica.
En el caso de los legisladores, que gozan de inmunidad parlamentaria, sus abogados pidieron que se declare inadmisible la medida de coerción teniendo en cuenta el alcance y límite de la inmunidad de la que gozan, amparada en la Constitución.
Entre los incidentes que les fueron planteados al juez está la solicitud de la barra de la defensa del ministro Juan Temístocles Montás que pidió declarar inadmisible para fines de valoración probatoria las pruebas presentadas por el Ministerio Público contra Montás (traducciones de los testimonios de los delatores de Odebrecht, remitidos por la procuraduría de Brasil), en el entendido que las traducciones de esos documentos presentados en portugués no fueron realizadas por una traductora acreditada por la Suprema Corte de Justicia, lo que fue negó el Ministerio Público en su réplica.
Más temprano durante la audiencia
Luego de hacer su presentación, el Ministerio Público solicitó como medida de coerción 18 meses de prisión preventiva para todos los imputados, a ser cumplidos en Najayo, salvo a Rondón, para quien se pidió que fuera en la Penitenciaría de La Victoria.
Al grupo de los 13 implicados se les atribuye los delitos de soborno, asociación de malhechores, coalición de funcionarios, prevaricación, desfalco, asuntos incompatibles con la calidad de funcionario público, enriquecimiento ilícito y lavado de activos, conforme lo establecen los artículos 2 y 3 de la Ley 448-06 sobre soborno; 123, 124, 166, 167, 169, 171, 172, 175, 176, 265 y 266 del Código Penal; 2 y 7 de la 82-79 sobre Declaración Jurada de Patrimonio que era la norma vigente a la fecha de ocurrencia de los hechos; y 3, 7 y 18 de la Ley 72-02 sobre lavado de activos.
En la audiencia, el Ministerio Público presentó una infografía en la que incluye los supuestos mecanismos empleados en el proceso de sobornos.
Detalló cada uno de los cargos atribuido a los imputados y su participación en el cobro de los supuestos sobornos.
Admitió respecto al imputado Rodríguez que producto de un error mecanográfico se le atribuyó hacer dos depósitos consecutivos de RD$100 millones, cuando en realidad se trató de un millón. El juez hizo constar el error admitido en acta.
El Ministerio Público señaló que en lo adelante le corresponde seguir con su papel de órgano persecutor del crimen, profundizando la investigación y probando en un juicio de fondo la culpabilidad de cada uno de estos imputados hasta ahora, quienes deberán demostrar ante los tribunales su presunta inocencia de las referencias específicas de sus nombres en los documentos aportados por Odebrecht y las autoridades de Brasil, así como también, en los hallazgos detectados durante las pesquisas realizadas en el país.
Los incidentes
El primer incidente fue planteado por la defensa de Alfredo Pacheco, encabezada por el abogado Napoleón Estévez, quien solicitó que se rechace la solicitud de prisión preventiva, ya que el imputado no representa peligro de fuga. A ese pedimento se adhirió la defensa de Tommy Galán, representada por el abogado Guarionex Ventura.
El Ministerio Público pidió que se rechace por no ser violatorio a la Constitución de la República.
El juez decidió acumular el incidente para fallarlo conjuntamente con el fondo.
Del juez
A lo largo del proceso, el juez Ortega Polanco se mantuvo advirtiendo al Ministerio Público que se trataba de una medida de coerción y no de una audiencia preliminar ni apertura a juicio.
“No se pueden desplegar las pruebas porque pueden afectar otras partes del proceso”, afirmó al tiempo de señalar que era preciso ser lo más puntuales, sin desmedro de sus derechos.