Santo Domingo
El financiamiento que reciben los partidos políticos dominicanos concentra por lo menos seis problemas importantes a resolver, aunque puede que en realidad la mayor de las complicaciones sea la falta de interés de las organizaciones por autorregularse.
Las leyes de partidos políticos y de régimen electoral llevan años a la espera de una discusión seria que termine en su aprobación definitiva, de modo que se puedan regular prácticas políticas cuestionables como el transfuguismo y el dinero manejado en campañas electorales.
El pasado viernes el presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Julio César Castaños Guzmán, admitió la falta de controles efectivos en el dinero que manejan los partidos políticos del país, que no suelen ser regulados en cuanto a cómo y en qué gastan el dinero público recibido. Aquí hay un pequeño listado de las cosas que República Dominicana necesita reglamentar sobre el financiamiento público y privado que reciben las organizaciones políticas.
- Simple descripción de gastos
Los partidos políticos están obligados por ley a presentar sus informes de ingresos y gastos en un periodo de máximo 90 días después de pasar un proceso electoral.
No hay un esquema común de presentación de los informes económicos, presentando algunos partidos el detalle de en qué gastaron mientras otros solo los agrupan en grandes bloques o partidas.
Otro de los problemas es que las organizaciones suelen vulnerar el plazo para presentar sus informes, sin que haya una penalidad por esto.
- Auditorías tardías de la Cámara de Cuentas
Con cada proceso electoral la JCE le pide a la Cámara de Cuentas que audite a los partidos políticos que recibieron fondos públicos.
Hasta ahí todo bien. El detalle está en el tiempo que tarda la institución fiscalizadora en ejecutar esas investigaciones financieras. Para tener una idea: al PLD se le comenzó una auditoría por los fondos que manejo en las elecciones presidenciales de 2012 y los resultados aun no se conocen.
- No hay quién les exija en qué o cómo gastar
Puede que una de las cosas en las que menos énfasis se haga es en qué pueden los partidos políticos gastar el dinero que les da el Estado.
Hubo un intento de la JCE de normar la situación con un reglamento, poniéndole porcentajes para sus gastos: el 20% de sus fondos en capacitación política durante los años electorales, el 50% para el desarrollo de sus campañas electorales y el restante 30% en el desenvolvimiento o vida institucional de las organizaciones.
Obviamente, hay mucha discrecionalidad aquí.
- No se revelan los donantes
Los partidos políticos pueden recibir donaciones de personas físicas, tanto como puedan recaudar, pero no están obligados a reportarle a nadie quiénes fueron sus donantes o sus patrocinadores económicos.
El financiamiento público a los partidos políticos está atado al 0.5% de los ingresos nacionales en años electorales, y al 0.25% en años no electivos, amparado en la Ley Electoral 275-97.
- La financiación será tanta como el monto que los partidos puedan recaudar. Eso establece grandes diferencias con los partidos de recién creación y los establecidos o conocidos como mayoritarios.
- La ley Electoral prohíbe la financiación extranjera, pero no la penaliza. El presidente de la JCE decía el viernes pasado que al no estar penalizado recibir dinero corporaciones o instituciones extranjeras, el tema queda dentro de la sanción moral y política.