Eddy Olivares, Miembro del Pleno de la Junta Central Electoral Foto:Carmen Suárez/acento.com.do Fecha:03/05/2012

Ex miembro titular JCE propone reforma a Ley Electoral transparentar financiamiento campanas

Eddy Olivares dice legislaciones electorales región no hay control dinaciones privadas

 

Eddy Olivares,
Miembro del Pleno de la Junta Central Electoral
Foto:Carmen Suárez/acento.com.do
Fecha:03/05/2012

 

El licenciado Eddy Olivares, ex miembro titular de la Junta Central Electoral (JCE), aclaro ayer al referirse a las operaciones del publicista Joao Santana en la campaña pasada de Danillo Medina, que la casi totalidad de legislaciones electorales de la región no establecen un control efectivo sobre las donaciones privadas para las campanas electorales.

De igual manera, el licenciado Oliveras sostuvo que el financiamiento ilegal carece de una tipificación penal que facilite la condena de los candidatos o partidos infractores.

“Ahora que la Odebrecht y su genial publicista político, João Santana, han sido descubiertos, muchos se preguntan: ¿cuáles consecuencias penales pueden derivarse del financiamiento ilegal de campañas brindado por Odebrecht a favor de diversos candidatos y partidos latinoamericanos?”, dijo.

Informo que precisamente, como una muestra de la opacidad de las normas, en lo concerniente a la persecución y sanción del financiamiento ilegal de las campañas, “tenemos nuestra anacrónica Ley Orgánica Electoral 275-97, la cual, con la excepción del requisito de que todos los actos de cooperación, asistencia o contribución económica a los partidos son función exclusiva de las personas naturales y jurídicas nacionales, no contempla ninguna regulación sobre las contribuciones privadas.

Manifestó que  el miembro  titular de la JCE que el artículo 47 de la referida ley solo considera como ingresos lícitos de los partidos, además del financiamiento público, los provenientes de donantes nacionales, por lo que cualquier cooperación o asistencia proveniente de Odebrecht o cualesquiera otra empresa extranjera es ilegal, por estar absolutamente prohibida por la ley.

No obstante, declaro en su articulo publicado en Almomento.Net que la Ley Electoral no contempla ninguna sanción penal ni administrativa contra quienes violen las disposiciones del referido artículo 47, en lo relativo al financiamiento ilegal de las campañas políticas.

Puso de manifiesto que desafortunadamente, cualquier persona natural o jurídica, sin importar que sea nacional o extranjera, puede contribuir con los candidatos y los partidos, sin ninguna consecuencia penal, por lo que es necesario que cuando la Ley Electoral 275-97 sea reformada. se contemple una regulación efectiva de las donaciones privadas.

De acuerdo al licenciado Eddy Olivares debe esta nueva reforma a la ley electoral debe contener  consecuencias penales y administrativas, que evite la impunidad y le de concreción al artículo 216 de la Constitución Política, que exige que los partidos funcionen con transparencia.