PRM: Odebrecht violó su propio contrato y Ley contrataciones; No pueden seguir construyendo

 

Anuncia la someterá a la justicia

El Partido Revolucionario Moderno (PRM) afirmó  hoy que según las Leyes dominicanas y el contrato firmado para la planta Punta Catalina por el Estado Dominicano y la compañía Odebrecht, esta no puede seguir ejecutando ninguna de las obras que tiene a su cargo.

En una rueda de prensa celebrada en su local, la organización política opositora anunció que de inmediato iniciará las gestiones legales para que Odebretch  indemnice al Estado dominicano por los daños y perjuicios causados con la violación del contrato.

En la misma, el ingeniero Antonio Almonte, quien leyó  un documento del  PRM, en el cual reclama que  el Consorcio Odebretch sea sometida a la justicia dominicana por las violaciones flagrantes a la Ley 449’06 y 448’06, sobre contrataciones de obras públicas y sobre sobornos, respectivamente.

Acompañado de Andes Bautista, Jesús Vásquez, Orlando Jorge Mera, Roberto Fulcar, Fernando Duran, Deligne Ascensión y Rafael Montilla, Almonte afirma que las leyes citadas prevén el cierre inmediato de las operaciones del consorcio sobornante en el país, máxime cuando éste ha confesado su delito.

“Reclamamos la apertura inmediata de una licitación internacional para contratar otra firma especializada en construcción de plantas eléctricas para que termine la construcción de Punta Catalina. Además, contratar a la mayor brevedad una firma auditora independiente, para que realice una evaluación rigurosa de los costos base del contrato EPC de Odebretch”, expresa el PRM.

Recalcan que proceden a “Instruir a la Dirección Legal del PRM para que proceda con los pasos necesarios a fin de presentar el querellamiento ante la autoridad judicial competente, en contra de la empresa Odebrecht y sus representantes, así como los funcionarios y personas receptoras del pago de los sobornos, y los involucrados en su manejo y distribución”.

Andrés Matos.

A continuación,  Documento íntegro del PRM dado a la prensa.

 

PARTIDO REVOLUCIONARIO MODERNO (PRM)

DECLARACION DE PRENSA

 

La revelación del escandaloso sistema de sobornos y sobrevaluación aplicado por la empresa Odebrecht para la adjudicación y construcción de costosas obras de infraestructura financiadas con fondos públicos, en complicidad con funcionarios del Estado, ha evidenciado la existencia de un entramado de corrupción que opera impunemente al amparo del poder público oficial.

Recientemente, Odebretch reveló ante el Departamento de Justicia de los Estados Unidos que había pagado más de 92 millones de dólares a funcionarios de diferentes gobiernos de la República Dominicana en el periodo 2001-2014, como soborno.

A diferencia de lo ocurrido en otros países latinoamericanos, en la República Dominicana el Procurador General de la República ni siquiera ha citado para interrogar a los presidentes del Senado, Reynaldo Pared Pérez, y de la Cámara de Diputados, Abel Martínez, durante el periodo en que se aprobó el contrato correspondiente a la central eléctrica que se levanta en Punta Catalina, por un monto de 2 mil 40 millones de dólares. Tampoco han sido interrogados los miembros del Comité de Licitación, ni el Vicepresidente Ejecutivo de la CDEEE, Rubén Bichara.

Por su parte, el presidente Danilo Medina ha guardado un silencio absoluto ante la magnitud de este escándalo de corrupción y de sobornos confesados.

El Procurador solo ha interrogado a ex legisladores de la oposición política, a algunos empresarios y a ex funcionarios de gobiernos pasados del doctor Leonel Fernández.

Esa situación revela la profundidad del deterioro institucional que sufre el país.

En realidad Odebretch no solo ha violado la Ley 449’06 sobre contrataciones públicas y la Ley 448-06 sobre sobornos, sino que también su propio contrato de procura y construcción o de EPC (Engineering Procurement and Construction) en Punta Catalina.

En efecto, en el Contrato de EPC No.101/14, firmado por el señor David Carvalho Neto en representación del Consorcio encabezado por Odebretch, y Rubén Bichara, en representación del Estado dominicano, en fecha 14 de abril del 2014 se establece, en el Artículo 15, sobre Declaraciones y Garantías, Acápite 15.1, inciso (n) lo siguiente:

Cada una de la Personas Jurídicas que integran al Contratista declara y afirma que ni ella, ni sus directores, empleados o cualquiera de sus agentes, ha pagado ni se ha comprometido a pagar ninguna comisión, soborno, compensación, o comisión ilegal, y que no ha, en ninguna otra forma o manera, directa o indirectamente, pagado ninguna suma, ni en Pesos ni en moneda extranjera alguna, ni en la República Dominicana ni en el extranjero, ni de ninguna otra forma ha dado u ofrecido regalo o dadiva alguna en la República Dominicana ni en el extranjero, a ninguna Persona para obtener el Contrato de EPC”.

Es mas que evidente, pues, la violación de Odebretch al citado contrato según su propia confesión a autoridades judiciales de Brasil y de los Estados Unidos.

Por otro lado, la Ley 449-06 sobre la contratación pública de bienes, servicios y construcciones del 6 de diciembre del 2006, establece claramente que no pueden recibir contratos de servicios con el Estado:

 “8) Las personas físicas o jurídicas que hayan sido condenadas mediante sentencia que haya adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada por delitos de falsedad o contra la propiedad, o por delitos de cohecho, malversación de fondos públicos, tráfico de influencia, prevaricación, revelación de secretos, uso de la información privilegiada o delitos contra las finanzas públicos, hasta que haya transcurrido un lapso igual al doble de la condena. Si la condena fuera por delito contra la administración pública, la prohibición para contratar con el Estado será perpetua”;

 Mientras que, por su lado, el Articulo 6 de la Ley 448-06 establece que:

Si el sobornante es una persona jurídica (empresa), será condenada por un periodo de dos (2) a cinco (5) anos de cierre o intervención y multas igual al de la persona física.”

Frente a esas evidencias y violaciones, el Partido Revolucionario Moderno considera inaceptable que el Gobierno procure un nuevo empréstito por más de 600 millones de dólares para entregárselo a Odebretch a los fines de  continuar los trabajos en Punta Catalina.

Además, encima de todo esto, se anuncia el acuerdo entre la Procuraduría General de la República y la empresa Odebrecht, acuerdo que el PRM rechaza y que no debería ser homologado ni aprobado por ninguna autoridad judicial dominicana. Ese acuerdo lo que persigue es exonerar de responsabilidad penal a la empresa que ha confesado los sobornos a funcionarios dominicanos, cuestión que para el PRM es inaceptable.

Por el contrario, según las razones expuestas, lo que corresponde es que el Gobierno, haciendo respetar el compromiso contractual asumido por la Odebretch con el Estado dominicano, así como las leyes flagrantemente violadas proceda a:

  1. Iniciar de inmediato las gestiones legales para que Odebretch  indemnice al Estado dominicano por los daños y perjuicios causados con la violación del contrato.
  2. Que el Consorcio Odebretch sea sometida a la justicia dominicana por las violaciones flagrantes a la Ley 449’06 y 448’06, sobre contrataciones de obras públicas y sobre sobornos, respectivamente. Las leyes citadas prevén el cierre inmediato de las operaciones del consorcio sobornante en el país, máxime cuando éste ha confesado su delito.
  3. La apertura inmediata de una licitación internacional para contratar otra firma especializada en construcción de plantas eléctricas para que termine la construcción de Punta Catalina.
  4. Contratar a la mayor brevedad una firma auditora independiente, para que realice una evaluación rigurosa de los costos base del contrato EPC de Odebretch.
  5. Instruir a la Direccion Legal del PRM para que proceda con los pasos necesarios a fin de presentar el querellamiento ante la autoridad judicial competente, en contra de la empresa Odebrecht y sus representantes, asi como los funcionarios y personas receptoras del pago de los sobornos, y los involucrados en su manejo y distribución.