Observaciones al Código Penal necesitan mayoría calificada para ser rechazadas

SANTO DOMINGO. Las observaciones realizadas hoy por el presidente Danilo Medina al Código Penal en relación con la penalización del aborto necesita del voto en contra de las dos terceras partes de los miembros del Senado así como de la Cámara de Diputados para ser rechazadas, y una mayoría simple en caso de ser aprobados, de acuerdo con el abogado Cristóbal Rodríguez.

El experto constitucionalista explicó que de acuerdo con el artículo 102 de la Constitución, que versa sobre la observación de una ley, el Senado (donde fueron remitidas las observaciones) está obligado lograr el voto de las dos terceras partes de su membresía -21 senadores- para rechazar las los cambios sugeridos por el Poder Ejecutivo y que en caso de no ser así, quedarían aprobados y la ley pasaría a la Cámara de Diputados para someterse a igual proceso.

“De ser rechazadas las observaciones con el voto de las dos terceras partes no necesitaría ir a la otra cámara, pero de ser aprobadas, por ser un texto nuevo agregado, los diputados deben conocerlas también”, expresó Rodríguez.

El artículo 102 de la Constitución indica que tras el conocimiento y la aprobación de la ley, sean o no rechazadas las observaciones aclara Rodríguez, sería promulgada y publicada.

En caso de que no las observaciones no logren aprobación por mayoría simple ni se obtengan las dos terceras partes para rechazarlas, “la ley se cae”, sostuvo el también abogado constitucionalista Nassef Perdomo.

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