En qué consiste el fallo a favor del Conep y en contra del monopolio del transporte

SANTO DOMINGO. El Tribunal Superior Administrativo favoreció al Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep) y en contra de varias instituciones del Estado por el presunto monopolio del sector transporte. Aquí los detalles del fallo.

• El Tribunal Superior Administrativo estableció que los accionados, en este caso, el Estado dominicano a través de los ministerios de Trabajo, Industria y Comercio, Defensa, Interior y Policía, y Turismo; la Policía Nacional y la Oficina Técnica de Transporte Terrestre (OTTT), violaron las leyes que prohíben el establecimiento de monopolio en provecho de particulares en los trabajos de carga o descarga de buques de cualquier naturaleza en los muelles del país.

• Dijo que se han afectado el derecho a la libre empresa, libertad de tránsito y trabajo a un determinado número de personas incluyendo al propio Estado, el cual resulta perjudicado como consecuencia del estado de cosas generado por dicho incumplimiento, afectando derechos e intereses colectivos que son reclamados por el Conep.

• Ordenó a las instituciones estatales dar cumplimiento a lo establecido en la leyes 578-65 para que no hayan monopolios; 290-66 sobre libre competencia y los niveles de precios; 489-89 sobre medidas para organizar y controlar el transporte; 541-69 para evitar practicas anticompetitivas en el transporte de turistas.

• Explicó que las normativas de la OTTT son insuficientes, por lo que le ordena cumplir con “la obligación de dictar y adoptar todas las medidas necesarias para la organización y control del transporte terrestre de pasajeros, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, acorde a las necesidades nacionales imperantes, vigilando el cumplimiento de las disposiciones necesarias para eliminar toda especie de práctica anticompetitiva e impidiendo a cualquier entidad que intervenga o domine la concertación de precios en materia de transporte”.

• Fijó un astreinte provisional de cinco mil pesos diarios por cada día que transcurra sin ejecutar lo decidido la sentencia. El astreinte aplica para cada una de las instituciones del Estado y será a favor de la Asociación Dominicana de Rehabilitación.

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