Suprema Corte declara inadmisible recurso contra libertad de exregidor por Pedro Brand

Santo Domingo. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia declaró inadmisible el recurso de casación a la libertad del exregidor por Pedro Brand Ericson de los Santos Solís dictada por la suspendida jueza Awilda Reyes Beltré.

Yeni Berenice Reynoso, fiscal del Distrito Nacional, recurrió la resolución dictada por la Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación, que había declarado inadmisible una instancia que sometiera tras Reyes Beltré acoger un habeas corpus del exregidor acusado de encabezar una banda de sicarios que mataba choferes del transporte público.

A pesar de que el recurso de casación fue sometido alegando que en la corte no se pronunciaron sobre la solicitud de declarar inconstitucional el artículo 386 del Código Procesal Penal que establece que solo el imputado puede recurrir un Habeas Corpus, la Suprema lo declaró inadmisible por el mismo es consecuencia de un Habeas Corpus acogido.

En Noviembre del 2015, Awilda Reyes, como jueza de la jueza de la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dispuso la inmediata libertad del imputado al declarar su prisión como “arbitraria”.

El abogado del regidor, Plutarco Jáquez, planteó que la prisión es arbitraria, porque tenía nueve meses en la cárcel, y no le habían revisado la medida de coerción, cada tres meses, a quien fue apresado el 4 de febrero de ese año, acusado de encabezar una banda cuya estructura estaba al servicio del crimen organizado.

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