SANTO DOMINGO. La nueva ley orgánica de la Policía Nacional número 590-16 establece sanciones para los agentes policiales que incurran en indisciplinas o faltas en sus funciones, que van desde la suspensión por 90 días sin disfrute de sueldo, su destitución y pone en riesgo su derecho adquirido al momento del retiro forzoso.
La legislación, en su artículo 152, clasifica en muy graves, graves y leves las faltas en las que pueden incurrir los miembros de la institución, y en los subsiguientes define las acciones que se corresponden a cada categoría.
Incumplir con la fidelidad a la institución, haber sido sentenciado por un delito doloso, abusar de sus atribuciones causándole grave daño a los ciudadanos, a los subordinados, o a las entidades con personalidad jurídica, se considera una falta grave, que conlleva sanción por 90 días o destitución.
Esa misma penalidad se establece para la práctica de tratos inhumanos, degradantes, discriminatorios o vejatorios a los ciudadanos que se encuentren bajo custodia policial, y para la insubordinación individual o colectiva, a las autoridades o mandos de que dependan el o los agentes.
Pero también el consumir alcohol, drogas tóxicas o estupefacientes durante el servicio o cuando éste se realiza en estado de embriaguez o bajo los efectos manifiestos de sustancias; además, la negativa injustificada a someterse al polígrafo, reconocimiento médico y prueba de alcoholemia se castigará de igual modo.
La ley, que en postulados procura evitar prácticas como el famoso “macuteo”, también establece las referidas sanciones para quienes acepten, directa o indirectamente, obsequios o recompensas”, pero sólo cuando el valor sea mayor a un salario mínimo del sector público, o cuando el obsequio o recompensa se ha recibido dos veces al año de parte de una misma persona o institución a modo de retribución a actos propios de la labor del agente.
El artículo 156, en su párrafo único, indica que “el servidor policial que sea sancionado por la comisión de una falta muy grave perderá todos los derechos establecidos en esta ley y en sus reglamentos. Este texto es aplicable a los casos de retiro forzoso”.